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IR-VERDES ADVIERTE DE QUE ''LA SOMBRA DEL DESACATO PLANEA SOBRE EL VARADERO''

IR-VERDES ADVIERTE DE QUE ''LA SOMBRA DEL DESACATO PLANEA SOBRE EL VARADERO''  CANARIAS AHORA. Santa Cruz de Tenerife 

Iniciativa por El Rosario-Verdes advirtió este martes que una vez tomado conocimiento por los responsables políticos de las sentencias del TSJC sobre El Varadero en diversas declaraciones publicadas en las últimas semanas, “no hay marcha atrás en el obligado cumplimiento de las mismas y su traslado al contenido del Plan General, retirando la calificación de suelo urbanizable a la ladera de El Varadero afectada por el plan parcial promovido por Amador Díaz Ramos SL”.

 Escolástico Gil, portavoz de IR-Verdes, ha advertido que su formación “denunciará por desacato a la justicia a quienes valiéndose de su responsabilidad administrativa, por acción u omisión, procuren que no se aplique la doctrina del TSJC bien sentada en las dos sentencias que les han sido comunicadas y de cuyo contenido no pueden alegar desconocimiento”.

 

Escolástico Gil señala a Macario Benítez por ocultar informes

 

En este sentido, Gil considera que el último comunicado emitido por el grupo de gobierno del PSC-PSOE para defender la actuación municipal “es un chorro de tinta de calamar que daría para un buen plato de chipirones, pero lo relevante no es lo que se afirma de los informes, sino lo que se oculta, que se verá en el momento procesal oportuno”.

 

El edil señaló, en referencia a lo alegado por el ayuntamiento, que “la afirmación de que el expediente está avalado por los informes favorables de los técnicos correspondientes no se ajusta a la verdad, pues es lo cierto que hay observaciones que el ayuntamiento no cita, que constan en los informes y advierten de la ilegalidad del expediente”.

 

Según denuncia IR-Verdes, con fecha 20 de noviembre de 2002 se emitió informe jurídico por el técnico responsable de la Dirección General de Ordenación del Territorio que concluye: "por todo ello el técnico que suscribe estima que procede informar desfavorablemente la tramitación del presente Plan Parcial al entenderse suspendida en virtud de lo establecido en artículo 4.1 de la Ley 6/2201, de 23 de julio, de Medidas Urgentes en materia de Ordenación del Territorio y del Turismo de Canarias". Y apuntaba el referido informe que "en concordancia a lo establecido en la disposición 1.2.4.1. contenida en la Sección IV del Capítulo II del Decreto 150/2002, de 16 de octubre, por el que se aprueba el PIOT, tienen la consideración de áreas naturales de interés insular aquellos espacios territoriales relevantes en el contexto de la isla de Tenerife que, en función de los valores naturales que contienen, merecen ser conservadas. Tendrán al menos esta consideración las Áreas de Regulación Homogéneas de Protección Ambiental”, como es el caso de la ladera de El Varadero.

 

“Otro informe firmado por otra técnico de esa Dirección General –denuncia IR-Verdes- concluía lo mismo y pensamos que los informes originales de la oficina técnica del ayuntamiento no podían decir otra cosa, ateniéndose a la Ley de Moratoria y a la aprobación provisional del PIOT”. Igualmente, continúa el grupo de oposición de la corporación de El Rosario, el Jefe del Servicio de Infraestructura Turística de la Dirección General de Ordenación e Infraestructura Turística de la Consejería de Turismo y Transporte emite informe el 25 de noviembre de 2002, dirigido a la Dirección General de Ordenación del Territorio, con entrada el 27 de noviembre, que señala “taxativamente” que deberá tenerse por suspendida la tramitación del documento de referencia en aplicación de lo dispuesto en el artículo 4.1 de la Ley 6/2001 de 23 de julio, de Medidas Urgentes en Materia de Ordenación del Territorio y del Turismo de Canarias, que establece en su Artículo 4 la suspensión del planeamiento urbanístico de desarrollo "cuando el planeamiento general permita el uso alojativo turístico para el sector o ámbito correspondiente". La imposición legal de esta suspensión se extendió hasta el 26 de abril de 2003, fecha en que entró en vigor la Ley 19/2003, de 14 de abril, por la que se aprueban las Directrices de Ordenación General y las Directrices de Ordenación del Turismo de Canarias. Escolástico Gil concluye que “previéndose por la Normas Subsidiarias de El Rosario el uso turístico en la zona de El Varadero, la suspensión debía ser inmediata, al margen de lo que se determinara en el planeamiento de desarrollo, por lo que el expediente nunca debió salir con visto bueno del ayuntamiento y, además, posteriormente en lugar de acatar la legalidad advertida por estos informes, Macario Benítez intentó salvar esa obligación legal retirando el uso turístico en 2005, después de haber aprobado el plan parcial por silencio administrativo mediante un artificio legal que la Consejería considera nulo de pleno derecho”.

http://www.canariasahora.es/noticia/10920/ 

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