EL AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA PROHIBE EL NUDISMO
EL NUDISMO QUEDA PROHIBIDO POR DECRETO EN LOS ESPACIOS PUBLICOS DE LA CIUDAD
LA PROVINCIA (6/11/05)
El nudismo está desde el viernes prohibido en todos los espacios públicos del municipio de Las Palmas de Gran Canaria.
El concejal de Seguridad y Movilidad Ciudadana, Paulino Montesdeoca, rubrica el decreto por el que se prohíbe la práctica del nudismo "en las calles, plazas, parques, jardines, piscinas, playas, recintos deportivos y demás instalaciones de titularidad pública", sin perjuicio no obstante, según reza la resolución, de que puede ser autorizado en un futuro siempre que se acredite un número real y significativo de practicantes para una determinada zona del litoral capitalino.
El decreto viene motivado por la insistente convocatoria de la Asociación Naturista de las Islas Canarias (Aniscan) para concentraciones en El Confital y Las Canteras a fin de reivindicar una zona en estas playas para la práctica nudista. Convocatorias que no logró aglutinar, en ambos casos, más que al convocante y presidente de la Asociación, Francisco Ojeda.
El Ayuntamiento entiende que es su obligación regular el uso de los espacios públicos. En virtud de ello está obligado a tomar decisiones que aseguren la convivencia entre los conciudadanos y que los conflictos por actuaciones aisladas de nudistas en lugares concurridos no pueden volver a repetirse.
Desde su punto de vista, el nudismo, "cuando se practica en lugares de tránsito, uso masivo o bien impropio de quella práctica, deja de ser natural para convertirse en forzado exhibicionismo impuesto a los demás, alejado del tradicional estado de paz y sosiego propio de la filosofía naturista, coartando el uso de tales espacios a otros usuarios al entrar en conflicto con creencias personales, religiosas u opción de educación de sus hijos".
El Ayuntamiento estima que las playas del municipio no tienen las características necesarias para que puedan ser utilizadas por los nudistas, una práctica "que tradicionalmente se circunscribe a lugares apartados y poco frecuentados". Y, por el contrario, los espacios públicos capitalinos, especialmente las playas, se caracterizan por ser lugares "insertos en la trama urbana, con libre visibilidad".
Contra esta resolución municipal se puede interponer, con un plazo de dos meses, recurso contencioso administrativo.
http://www.editorialprensacanaria.es/secciones/noticia.jsp?pIdNoticia=31580
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Juliàn -
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