CONSTITUCIÓN EUROPEA y MEDIO AMBIENTE
CONSTITUCIÓN EUROPEA y MEDIO AMBIENTE
En pleno siglo XX, tras años de enfrentamientos y guerras, un ciudadano francés quizás hubiese pensado que llegar a la unión de 25 países europeos era una utopía. Sin embargo, estamos en otro siglo, en otra dimensión donde, con la posible aprobación de la Constitución Europea, ese mismo ciudadano francés tendrá los mismos derechos que un ciudadano alemán. Pero la cosa no queda ahí: el cambio histórico es de tal calibre, que un grancanario/a tendrá los mismos derechos que un ciudadano alemán, tanto en su tierra como en cualquier país de la Unión Europea.
La CE, precursora de la Unión, surgió de lo que, en principio, eran tres organizaciones independientes: la Comunidad Europea del Carbón y del Acero (CECA) - creada en 1951 -, la Comunidad Económica Europea (CEE) - también denominada, a menudo, Mercado Común - y la Comunidad Europea de la Energía Atómica (EURATOM), ambas fundadas en 1957. Los organismos ejecutivos de las tres instituciones se fusionaron en 1967, dando vida a la CE, cuya sede se estableció en Bruselas.
En otras palabras: un grupo de mercaderes que intercambiaban enseres, desde el carbón hasta la mantequilla, fue la semilla de lo que hoy se nos presenta para votar en Referéndum. Ahora, con la Constitución, se habla de más democracia participativa, de los derechos de los niños y personas mayores, de la salida del EURATOM y el abandono de la energía nuclear, sin dejar de ser miembro de la Unión; la carta de Derechos Fundamentales, que será la base jurídica de más conquistas sociales, culturales y ambientales, etc... El proceso ha sido largo. Han pasado décadas, para consumar el sueño de una Europa unidad. El texto de la Constitución es fruto de un arduo y largo proceso de negociaciones, de equilibrios, de consenso entre eurodiputados, diputados nacionales y organizaciones sociales, además de los gobiernos de 27 países. Y, como es normal, entre tanta y tanta negociación, siempre hay renuncias importantes.
No obstante, de una semilla no pueden salir dos especies distintas. Biológicamente, esto es imposible, como imposible es que la Constitución Europea sea perfecta, al gusto del consumidor. O que, de un plumazo, se olvide de sus reminiscencias mercantilistas, origen de la Unión. Por ejemplo, a mí me hubiese gustado tener más de cinco meses de campaña para publicitar y profundizar en el conocimiento de esta Constitución, sin embargo, la oportunidad es histórica y todos los canarios/as podemos ayudar a construir una Europa más grande y unida.
Veamos algunas consideraciones ambientalistas.
Esta nueva Europa tendrá grandes retos. Especialmente, por la conservación del rico patrimonio natural que albergan los nuevos países (Chipre, Rep.Checa, Estonia, Hungría, Letonia, Lituania, Malta, Polonia, Eslovaquia y Eslovenia), aproximadamente un 23% del territorio de la Unión Europea. Estos países conservan grandes masas forestales - el 17% del bosque europeo -, tienen grandes recursos hídricos y amplia diversidad de fauna y flora. Los grandes carnívoros sobreviven en los bosques del centro y este del continente. Casi la mitad de la población de cigüeñas blancas del mundo se encuentra en esa parte de Europa. Además, ya existen interesantes proyectos para convertir las antiguas zonas fronterizas desmilitarizadas en cinturones verdes, para la conservación de la naturaleza y la ampliación de la vida silvestre. La Constitución Europea también se hace para estos países, para el desarrollo de estos pueblos, para la conservación de estos amplios ecosistemas.
El Tratado de Maastricht (1992) incorporó el Medio Ambiente, por primera vez, en una categoría de política sectorial, sin vinculación con las otras materias o políticas. Fue, no cabe duda, un avance, ratificado más tarde en Ámsterdam (1997).
Ahora, la Constitución europea consagra el Medio Ambiente como una política a tener en cuenta en todas las materias sectoriales (artículo III-119). Es una disposición de aplicación general. O, dicho de otra manera, el Medio Ambiente se convierte en una política transversal. Resulta inaudito, el objetivo constitucional de aspirar a un desarrollo sostenible del planeta y a una misión general de paz, fuera de sus propias fronteras (art. I-3).
Sin ánimo de extenderme, sí quiero comentar algunas novedades en esta materia, que introduce el nuevo texto. Por ejemplo, el artículo III-233, que habla de los principios de precaución y prevención o los principios de quién contamina paga. O quizás la novedad más importante es el principio de la falta de acción. Los tres principios son fundamentales en cualquier política de actuación sobre los hábitats y ecosistemas, pero más importante, quizás, sea el tercero, o sea, lo que se llama las cargas, por no aplicar las políticas ambientales. En Gran Canaria podemos poner muchos ejemplos de cómo el abandono y la desidia institucional (la falta de acción) han contribuido a la pérdida de enorme riqueza biológica (Los Tilos).
Para terminar, quiero comentar otra novedad que algunos técnicos y juristas pueden ver como un freno o un filtro, en cuanto a las sucesivas legislaciones. Se trata de los procedimientos legislativos normales, que requerirán la mayoría cualificada en el Consejo y la co-decisión del Parlamento Europeo. Excepto para unas materias determinadas, tan importantes para el Medio Ambiente, como son: la legislación del territorio, los recursos hídricos, del suelo y los sistemas energéticos (art. III-234), para los que se requerirá la unanimidad.
Con la Constitución Europea, los avances en materia medioambiental son significativos.
En pleno siglo XX, tras años de enfrentamientos y guerras, un ciudadano francés quizás hubiese pensado que llegar a la unión de 25 países europeos era una utopía. Sin embargo, estamos en otro siglo, en otra dimensión donde, con la posible aprobación de la Constitución Europea, ese mismo ciudadano francés tendrá los mismos derechos que un ciudadano alemán. Pero la cosa no queda ahí: el cambio histórico es de tal calibre, que un grancanario/a tendrá los mismos derechos que un ciudadano alemán, tanto en su tierra como en cualquier país de la Unión Europea.
La CE, precursora de la Unión, surgió de lo que, en principio, eran tres organizaciones independientes: la Comunidad Europea del Carbón y del Acero (CECA) - creada en 1951 -, la Comunidad Económica Europea (CEE) - también denominada, a menudo, Mercado Común - y la Comunidad Europea de la Energía Atómica (EURATOM), ambas fundadas en 1957. Los organismos ejecutivos de las tres instituciones se fusionaron en 1967, dando vida a la CE, cuya sede se estableció en Bruselas.
En otras palabras: un grupo de mercaderes que intercambiaban enseres, desde el carbón hasta la mantequilla, fue la semilla de lo que hoy se nos presenta para votar en Referéndum. Ahora, con la Constitución, se habla de más democracia participativa, de los derechos de los niños y personas mayores, de la salida del EURATOM y el abandono de la energía nuclear, sin dejar de ser miembro de la Unión; la carta de Derechos Fundamentales, que será la base jurídica de más conquistas sociales, culturales y ambientales, etc... El proceso ha sido largo. Han pasado décadas, para consumar el sueño de una Europa unidad. El texto de la Constitución es fruto de un arduo y largo proceso de negociaciones, de equilibrios, de consenso entre eurodiputados, diputados nacionales y organizaciones sociales, además de los gobiernos de 27 países. Y, como es normal, entre tanta y tanta negociación, siempre hay renuncias importantes.
No obstante, de una semilla no pueden salir dos especies distintas. Biológicamente, esto es imposible, como imposible es que la Constitución Europea sea perfecta, al gusto del consumidor. O que, de un plumazo, se olvide de sus reminiscencias mercantilistas, origen de la Unión. Por ejemplo, a mí me hubiese gustado tener más de cinco meses de campaña para publicitar y profundizar en el conocimiento de esta Constitución, sin embargo, la oportunidad es histórica y todos los canarios/as podemos ayudar a construir una Europa más grande y unida.
Veamos algunas consideraciones ambientalistas.
Esta nueva Europa tendrá grandes retos. Especialmente, por la conservación del rico patrimonio natural que albergan los nuevos países (Chipre, Rep.Checa, Estonia, Hungría, Letonia, Lituania, Malta, Polonia, Eslovaquia y Eslovenia), aproximadamente un 23% del territorio de la Unión Europea. Estos países conservan grandes masas forestales - el 17% del bosque europeo -, tienen grandes recursos hídricos y amplia diversidad de fauna y flora. Los grandes carnívoros sobreviven en los bosques del centro y este del continente. Casi la mitad de la población de cigüeñas blancas del mundo se encuentra en esa parte de Europa. Además, ya existen interesantes proyectos para convertir las antiguas zonas fronterizas desmilitarizadas en cinturones verdes, para la conservación de la naturaleza y la ampliación de la vida silvestre. La Constitución Europea también se hace para estos países, para el desarrollo de estos pueblos, para la conservación de estos amplios ecosistemas.
El Tratado de Maastricht (1992) incorporó el Medio Ambiente, por primera vez, en una categoría de política sectorial, sin vinculación con las otras materias o políticas. Fue, no cabe duda, un avance, ratificado más tarde en Ámsterdam (1997).
Ahora, la Constitución europea consagra el Medio Ambiente como una política a tener en cuenta en todas las materias sectoriales (artículo III-119). Es una disposición de aplicación general. O, dicho de otra manera, el Medio Ambiente se convierte en una política transversal. Resulta inaudito, el objetivo constitucional de aspirar a un desarrollo sostenible del planeta y a una misión general de paz, fuera de sus propias fronteras (art. I-3).
Sin ánimo de extenderme, sí quiero comentar algunas novedades en esta materia, que introduce el nuevo texto. Por ejemplo, el artículo III-233, que habla de los principios de precaución y prevención o los principios de quién contamina paga. O quizás la novedad más importante es el principio de la falta de acción. Los tres principios son fundamentales en cualquier política de actuación sobre los hábitats y ecosistemas, pero más importante, quizás, sea el tercero, o sea, lo que se llama las cargas, por no aplicar las políticas ambientales. En Gran Canaria podemos poner muchos ejemplos de cómo el abandono y la desidia institucional (la falta de acción) han contribuido a la pérdida de enorme riqueza biológica (Los Tilos).
Para terminar, quiero comentar otra novedad que algunos técnicos y juristas pueden ver como un freno o un filtro, en cuanto a las sucesivas legislaciones. Se trata de los procedimientos legislativos normales, que requerirán la mayoría cualificada en el Consejo y la co-decisión del Parlamento Europeo. Excepto para unas materias determinadas, tan importantes para el Medio Ambiente, como son: la legislación del territorio, los recursos hídricos, del suelo y los sistemas energéticos (art. III-234), para los que se requerirá la unanimidad.
Con la Constitución Europea, los avances en materia medioambiental son significativos.
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