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EL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN AMBIENTAL

EL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN AMBIENTAL EN ESPAÑA, NO SE GARANTIZA EL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN AMBIENTAL.
SE SIGUE INCUMPLIENDO LA TRANSPARENCIA, ANTE EUROPA.
La actitud de las distintas Administraciones a la hora de ejercer el derecho de acceso a la información ambiental, en especial por el abuso del silencio administrativo, deja indefensa a la opinión pública española.
El Convenio que incumple España, sobre el Acceso a la Información, la Participación del Público en la Toma de Decisiones y el Acceso a la Justicia en Materia de Medio Ambiente, más conocido como Convenio de Aarhus por ser ésta la ciudad danesa en donde se firmó el 25 de junio de 1998, es un convenio internacional adoptado en el marco de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas.

Un informe elaborado por WWF/Adena sobre su experiencia en el ejercicio del derecho de acceso a la información ambiental durante el último año revela que para más de la mitad de las solicitudes realizadas no se cumplió la Directiva 90/313/CEE, de 7 de junio de 1990, relativa a la libertad de acceso a la información en materia de Medio Ambiente, debido a la aplicación del silencio administrativo.

Transcurridos catorce años desde la publicación de esa Directiva, y cuando aún debe trasponerse a la legislación española la nueva Directiva 2003/4/CE, WWF/Adena ha realizado un análisis de su aplicación y eficacia. Para ello ha tomado en consideración las solicitudes de acceso a la información ambiental realizadas por la organización en el último año a la Administración del Estado, la Comisión Europea y las CCAA.

El resultado ha sido que en dos de cada tres solicitudes se ha incumplido la Directiva, esto es, no se ha obtenido la información ambiental en el plazo de dos meses. Con relación a la falta de respuesta, una de cada tres solicitudes realizadas a la Administración del Estado no fue contestada, porcentaje que se eleva al 50% en el caso de las CCAA. En contraste, todas las solicitudes a la Comisión Europea obtuvieron contestación y dentro del plazo. Esta situación obliga a WWF/Adena a interponer recurso en una de cada dos solicitudes, que han de ser recurridas para obtener la información.

WWF/Adena concluye que la Administración del Estado y las CCAA no están facilitando el ejercicio del derecho de acceso a la información ambiental, y destaca como principal escollo en la aplicación de la Directiva la falta de contestación, ya que ello trae como consecuencia la falta de motivación de la denegación de la información, que además de suponer un incumplimiento de la Directiva, deja al solicitante en la más absoluta indefensión.

Juan Carlos del Olmo, Secretario General de WWF/Adena, manifestó: “La situación actual es de absoluta indefensión por la dejadez de las Administraciones amparada en el silencio administrativo. Pedimos a las Administraciones que faciliten el derecho a la información, una herramienta fundamental para la defensa del medio ambiente” Ante esta falta voluntad política, de poco servirá la nueva norma de transposición de la Directiva 2003/4/CE que debe entrar en vigor antes del 14 de febrero de 2005.

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