PREGUNTA AL PARLAMENTO EUROPEO SOBRE EL SISTEMA ELECTORAL CANARIO
INJUSTO SISTEMA ELECTORAL EN CANARIAS (ESPAÑA)
Desde su constitución en 1983, el Parlamento de Canarias se halla integrado por 60 diputados que se renuevan cada cuatro años mediante un sistema que establece siete circunscripciones electorales en el Archipiélago, una por cada Isla, con un reparto establecido en el Estatuto de Autonomía de Canarias (1).
La triple paridad del sistema electoral canario determina que haya un número igual de diputados en cada una de las dos provincias (30 en Las Palmas y 30 en Santa Cruz de Tenerife). El reparto de diputados queda de la siguiente manera: 15 en Gran Canaria, 15 en Tenerife, ocho en La Palma, ocho en Lanzarote, siete en Fuerteventura, cuatro en La Gomera y tres en El Hierro (2).
Diversos estudios indican que sistema electoral canario es el de peor calidad democrática de toda España y Europa, pues es el de menor proporcionalidad de todo el Estado (3),.
El sistema electoral vigente en Canarias permite que el 17 % de los habitantes determine el 50 % de la conformación del Parlamento, y que el 83% determine el otro 50 % . Pero además hay índices que los expertos utilizan para medir la calidad de los sistemas electorales y en todos ellos el canario es el peor de España y del resto de la Unión Europea.
La magnitud media, definida por los expertos como el promedio de los diputados que hay en un sistema, es en Canarias de 8,5, la peor cifra del país; y el umbral efectivo, que es el porcentaje mínimo de votos para conseguir al menos un diputado es en Canarias de 8,2 %, también la peor cifra del país.
Además en Canarias hay dos barreras, la autonómica, que es del 6%, y la insular, que es de nada menos que del 30 %.
En las últimas elecciones, en medio del desencanto y el rechazo, 160.000 canarios que acudieron a votar, no obtuvieron representación.
Esta situación, sin parangón en ninguna otra autonomía, ni país democrático, constituye una agresión a la democracia y al “sufragio universal e igual”, reconocido en el articulo 21.3 de la Declaración de los Derechos Humanos..
En Canarias la sobrerrepresentación de unas islas es exageradísima y la infrarrepresentación de otras también, de manera que, en el caso extremo, 1 voto de El Hierro equivale a 14 votos de Gran Canaria o de Tenerife,
Baste decir que un 17% de la población -la de las islas no capitalinas- tiene en sus manos el 50% del Parlamento para decidir.
Por todo ello se pregunta ¿tiene prevista la Unión Europea exigir a los estados miembros el establecimiento de sistemas electorales justos y democráticos? ¿Considera La Comisión europea que el sistema electoral vigente en Canarias es compatible con la sufragio “universal e igual”, reconocido en el articulo 21.3 de la Declaración de los Derechos Humanos? ¿si no es así, piensa la Comisión europea tomar alguna medida al respecto?.
1- http://www.parcan.es/pub/estatuto.pdf
2- http://www.gobiernodecanarias.org/elecciones2007/sistema/proceso.aspx
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Pedro Sánchez Bordón -