EL CABILDO DE GRAN CANARIA PERMITE VALLAS PUBLICITARIAS EN UN ESPACIO NATURAL
Los Verdes-Partido Verde Canario ha denunciado al Cabildo de Gran Canaria ante La Agencia de Protección del Mediambiente Urbano y Natural por permitir la instalación de vallas publicitarias en el Lugar de Interés Científico de Jinamar.
Los Verdes denuncian que el Cabildo de Canaria en calidad de responsable de la gestión del Sitio de Interés Científico de Jinamar tiene, entre otras, la obligación de Ga-rantizar el cumplimiento de la normativa establecida en estas Normas de Conservación, aprobadas por Resolución de 23 de enero de 2003 .Las mencionadas normas establecen la prohibición deLa instalación de carteles u otros elementos de carácter publicitario, sal-vo la señalización determinada en la Orden de 30 de junio de 1998, por la que se regulan los tipos de señales y su utilización en relación con los Espacios Naturales Protegidos de Canarias y la asociada a la infraestructuras viaria
La existencia de dos vallas publicitarias instaladas en el luga de interés Científico de Jinámar, además de ser illegal implican una circulación de personas y vehículos para las labores de mantenimiento en un lugar que alberga un endemismo botánico en peligro de extinción, la Hierbamuda o Lotus kunkelli, conocida como Corazoncillo.
Por otra parte la colocación de vallas publicitarias, además de vulnerar la ley de espacios naturales incumplen la Ley de Carreteras de Canarias, en cuyo artículo 31 se dice que fuera de los tramos urbanos de las carreteras queda prohibido realizar cualquier tipo de publicidad dirigida al usuario de la vía. Asimismo en el artículo 39 se considera una infracción el establecimiento de cualquier tipo de publicidad dirigida al usuario.
Con la colocación de vallas en suelos rústico también se está incumpliendo el Decreto Legislativo 1/2000, 8 mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio y de Espacios Naturales. Concretamente el Artículo 65, que es-tablece que prohíbe que en suelo rústico se coloquen anuncios, carteles, vallas publicita-rias o instalaciones de características similares, pudiendo autorizarse exclusivamente los carteles indicativos o informativos con las características que fije, en cada caso, la Admi-nistración competente.
Por todo ello Los Verdes Partido Verde Canario han instado al Cabildo de Gran Canaria a retirar inmediatamente las vallas publicitarias del lugar de interés científico de Jinamar y a solicitado a la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural que instruya las diligencias oportunas.
Los Verdes denuncian que el Cabildo de Canaria en calidad de responsable de la gestión del Sitio de Interés Científico de Jinamar tiene, entre otras, la obligación de Ga-rantizar el cumplimiento de la normativa establecida en estas Normas de Conservación, aprobadas por Resolución de 23 de enero de 2003 .Las mencionadas normas establecen la prohibición deLa instalación de carteles u otros elementos de carácter publicitario, sal-vo la señalización determinada en la Orden de 30 de junio de 1998, por la que se regulan los tipos de señales y su utilización en relación con los Espacios Naturales Protegidos de Canarias y la asociada a la infraestructuras viaria
La existencia de dos vallas publicitarias instaladas en el luga de interés Científico de Jinámar, además de ser illegal implican una circulación de personas y vehículos para las labores de mantenimiento en un lugar que alberga un endemismo botánico en peligro de extinción, la Hierbamuda o Lotus kunkelli, conocida como Corazoncillo.
Por otra parte la colocación de vallas publicitarias, además de vulnerar la ley de espacios naturales incumplen la Ley de Carreteras de Canarias, en cuyo artículo 31 se dice que fuera de los tramos urbanos de las carreteras queda prohibido realizar cualquier tipo de publicidad dirigida al usuario de la vía. Asimismo en el artículo 39 se considera una infracción el establecimiento de cualquier tipo de publicidad dirigida al usuario.
Con la colocación de vallas en suelos rústico también se está incumpliendo el Decreto Legislativo 1/2000, 8 mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio y de Espacios Naturales. Concretamente el Artículo 65, que es-tablece que prohíbe que en suelo rústico se coloquen anuncios, carteles, vallas publicita-rias o instalaciones de características similares, pudiendo autorizarse exclusivamente los carteles indicativos o informativos con las características que fije, en cada caso, la Admi-nistración competente.
Por todo ello Los Verdes Partido Verde Canario han instado al Cabildo de Gran Canaria a retirar inmediatamente las vallas publicitarias del lugar de interés científico de Jinamar y a solicitado a la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural que instruya las diligencias oportunas.
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